En el marco de la creciente demanda de energía eléctrica en Europa, el incremento de líneas y tendidos eléctricos ha generado una problemática para la avifauna.
La electrocución y la colisión en estructuras de conducción eléctrica representan las principales amenazas para la biodiversidad de aves en el continente.
Así, se han puesto en marcha medidas para la protección de espacios naturales y flora y fauna silvestres.
Normativa avifauna europea
Ahora más que nunca, disponer de material de protección avifauna para evitar la colisión y muerte de aves cobra mayor relevancia en el continente.
La protección de la avifauna en Europa es un tema de máxima relevancia, y en este contexto, el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, así lo determina.
Este decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 222, de 13 de septiembre de 2008, establece medidas esenciales para salvaguardar a las aves contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
Este Real Decreto no solo responde a la necesidad de proteger la avifauna, sino que también se alinea con los compromisos internacionales asumidos por España al adherirse al Convenio de Berna y al Convenio de Especies Migratorias.
Asimismo, se encuentra en consonancia con la legislación nacional, como la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y las leyes de Industria y del Sector Eléctrico.
Para entender la relevancia de estas medidas, es crucial comprender que la electrocución y colisión en tendidos eléctricos son las principales causas de mortalidad no natural en la avifauna.
De este modo, los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), serán zonas de protección, según los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
De manera simple, los proyectos de construcción, modificación, ampliación o adaptación de líneas eléctricas deberán especificar y describir las medidas concretas enfocadas a minimizar la electrocución y colisión de la avifauna, incluyendo estos puntos, según el BOE:
- Descripción del trazado y plano a escala al menos 1:25.000.
- Tipos de apoyos y armados a instalar.
- Características de los sistemas de aislamiento.
- Descripción de las instalaciones de seccionamiento, transformación e interruptores con corte en intemperie.
- Características de los dispositivos salvapájaros a instalar y la ubicación de los mismos, en su caso, así como las medidas anticolisión y las medidas anti-nidificación en las líneas.
Del mismo modo, en época de nidificación, reproducción y crianza está prohibido realizar trabajos de mantenimiento de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o en sus proximidades.
A excepciones de reparaciones que perturben el normal suministro de energía, notificando al órgano competente de la comunidad autónoma, siempre que este determine que no implique riesgo para la avifauna.
Información importante sobre la protección de la avifauna en Europa
Ante infracciones cometidas en lo expuesto en dicho decreto, quedarán sometidos al régimen sancionador establecido en el título X de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Para lograr los fines de este decreto, se habilitarán medidas de financiación de las adaptaciones necesarias para la conservación de la avifauna.
Así, las distancias mínimas de seguridad en las zonas de protección quedan definidas según el tipo de cruceta:
- Canadiense
- Cadena en suspensión: d=478 mm
- Cadena de amarre: d=600 mm
- Tresbolillo atirantado
- Cadena en suspensión: d=600 mm
- Cadena de amarre: d=1.000 mm
- Tresbolillo plano
- Cadena en suspensión: d=600 mm
- Cadena de amarre: d=1.000 mm
- Canadiense
- Cadena en suspensión: d=600 mm y cable central aislado 1 metro a cada lado del punto de enganche
- Cadena de amarre: d=1.000 y puente central aislado